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Ley de la Vivienda, deducciones en IRPF a partir del 2024

La nueva Ley de Vivienda aprobada en el congreso de los diputados el pasado 27 de abril del 2023 , va a incluir una serie de incentivos fiscales en el IRPF para los propietarios de las viviendas en alquiler, dichas bonificaciones no tendrán efectos reales hasta la declaración del IRPF del 2024.

Tal como viene recogido en la nueva Ley de la vivienda, publicado su proyecto en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, se van a aplicar unas deducciones fiscales para los ingresos del alquiler de las viviendas dirigidas a los pequeños propietarios, estas deducciones entrarán en vigor el 1 de enero del 2024 , por lo cual le afectará en su IRPF de este ejercicio.

A continuación hacemos un estudios de los aspectos que influirán en el IRPF y en sus deducciones:

¿Qué es una zona tensionada del alquiler vivienda?                      

Para cualquier tipo de deducción la vivienda en alquiler tiene que estas en una zona tensionada .

Según la nueva ley de la Vivienda una zona se considerará tensionada cuando "la elaboración de una memoria que justifique, a través de datos objetivos y fundamentada en la existencia de un especial riesgo de abastecimiento insuficiente de vivienda para la población residente". Esta memoria la deberán desarrollar las diferentes comunidades autónomas aunque también será necesario una declaración por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

Las condiciones que deberá cumplir una zona tensionada son:

 a) Que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el treinta por ciento de los ingresos medios o de la renta media de los hogares.

b) Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya experimentado en los cinco años anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionado, un porcentaje de crecimiento acumulado al menos tres puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad autónoma correspondiente". 

La vigencia de las zonas tensionadas serán de tres años

Según la ley de la vivienda "La vigencia de la declaración de un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado será de tres años, pudiendo prorrogarse anualmente siguiendo el mismo procedimiento, cuando subsistan las circunstancias que motivaron tal declaración y previa justificación de las medidas y acciones públicas adoptadas para revertir o mejorar la situación desde la anterior declaración".

Análisis de reducciones fiscales de la Ley de Vivienda

Reducción general sobre el rendimiento neto del alquiler que se pueden aplicar los arrendadores cuando estén en zonas tensionadas:

En los nuevos contratos de arrendamiento se pasa del 60% actual al 50%, este % puede ampliarse hasta el 90% si cumple alguna de estas condiciones: a) el inquilino es menor de 35 años, b) que  la vivienda haya sido reformada o c) si la renta del nuevo contrato es al menos un 5% inferior a la estipulada en el anterior.

La normativa indica, "se establece una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la actual reducción del 60% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda, estableciendo que, en los nuevos contratos de arrendamiento, el porcentaje de reducción será del 50%, que podrá incrementarse hasta el 90%, en el caso de que se firmen nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5% sobre el contrato anterior, esta reducción podrá alcanzar el 70% cuando se trate de la incorporación al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas de mercado residencial tensionado y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años en dichas áreas, o bien, se trate de vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler. Y podrá alcanzar una reducción del 60% sobre el rendimiento neto cuando se hubiesen efectuado obras de rehabilitación en los dos años anteriores".

Solo se podrán aplicar estas deducciones  a contratos nuevos, "serán de aplicación en los contratos de arrendamiento que se lleven a cabo desde que entre en vigor la Ley de Vivienda"

Deducciones incompatibles

Las diferentes deducciones son incompatibles entre sí y el contribuyente solo se aplicará la de mayor cuantía y siempre se mantendrán mientras se cumplan los requerimientos exigidos "los requisitos señalados deberán cumplirse en el momento de celebrar el contrato de arrendamiento, siendo la reducción aplicable mientras se sigan cumpliendo los mismos". 

Nuevos contratos de alquiler con rentas bloqueadas

El contrato de alquiler de vivienda, no puede presentar un alquiler superior al contrato anterior, como indica Ley de Vivienda, "la renta pactada al inicio del nuevo contrato no podrá exceder de la última renta de contrato de arrendamiento de vivienda habitual que hubiese estado vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de la renta del contrato anterior, sin que se puedan fijar nuevas condiciones que establezcan la repercusión al arrendatario de cuotas o gastos que no estuviesen recogidas en el contrato anterior". Sin embargo hay excepciones, si por ejemplo hemos realizado reformas en la vivienda para mejorar su accesibilidad o eficiencia energética, o si se firma un contrato de arrendamiento por un periodo de 10 años o más.


Más info: https://www.inmonews.es/ley-vivienda-2023-deducciones-irpf-2024/